CAPITULO II - DE LOS ESTUDIANTES INVESTIGADORES

 ARTICULO 32. El estudiante regular debidamente matriculado que participe en un proyecto de investigación aprobado, tendrá derecho a los siguientes estímulos:

  1. Exención del pago de matrícula, durante el período que dure la participación del estudiante en la investigación y que cumpla con los requisitos establecidos en el Estatuto Estudiantil.

  2. Prioridad para asistir a congresos, seminarios y certámenes similares, referentes a la temática del trabajo de investigación.

  3. Cupo preferencial para ingresar a un postgrado afín al pregrado realizado, y que ofrezca la Universidad de Nariño.

  4. Exención del pago de matrícula en los postgrados propios de la Universidad de Nariño, si han obtenido una nota de laureada en la tesis de pregrado o grado de honor.

  5. Cupo preferencial para la adjudicación de monitorías

ARTICULO 33. Los estudiantes investigadores tendrán los deberes que les asigne el responsable del Proyecto de Investigación.

Vicerrectoría de Investigaciones, Postgrados y Relaciones Internacionales - Sede Panamericana
Telefax (092)7292389 - email : investigaciones@udenar.edu.co
San Juan de Pasto -  2007